Cierre contable y obligaciones mercantiles

Cuentas anuales y libros preparados desde una contabilidad revisada

Coordinamos cierre, formulación, aprobación, depósito y legalización de libros para que los documentos mercantiles reflejen una contabilidad conciliada y los acuerdos reales de la sociedad.

  • Cierre contable y revisión de saldos antes de formular
  • Preparación de cuentas anuales según el modelo aplicable
  • Documentación para aprobación y aplicación del resultado
  • Depósito de cuentas y legalización de libros con seguimiento
Administradores de una pyme revisando las cuentas anuales con su asesor contable
Qué incluye el proceso

Cuatro hitos distintos que deben encajar entre sí

Cerrar, formular, aprobar y depositar no son sinónimos. Cada fase tiene responsable, documentación y plazo, y todas parten de datos contables coherentes.

Cierre y conciliación

Comprobamos que las cuentas estén explicadas antes de convertirlas en documentos anuales.

  • Bancos, clientes y proveedores
  • Impuestos, nóminas e inmovilizado
  • Periodificaciones, provisiones y pendientes

Formulación de cuentas

Preparamos los estados y la memoria conforme al marco y modelo que corresponda a la sociedad.

  • Balance y cuenta de pérdidas y ganancias
  • Memoria y estados exigibles según el caso
  • Firmas y fecha de formulación

Aprobación y resultado

Coordinamos las cifras formuladas con el acuerdo de la junta y la aplicación del resultado.

  • Documentación para la junta
  • Certificación de acuerdos
  • Aplicación de pérdidas o beneficios

Depósito y libros

Preparamos la presentación y hacemos seguimiento de justificantes o defectos comunicados.

  • Depósito en el Registro Mercantil
  • Libros contables y societarios
  • Control de presentación y subsanación
Calendario anual

El depósito correcto empieza meses antes

Esperar al último día traslada todos los problemas del cierre a la fase registral, cuando ya hay poco margen para corregirlos.

En una sociedad cuyo ejercicio coincide con el año natural, la formulación debe realizarse dentro de los tres meses siguientes al cierre. La junta ordinaria se reúne dentro de los seis primeros meses para censurar la gestión y aprobar, en su caso, las cuentas y la aplicación del resultado.

Una vez aprobadas, el depósito se presenta dentro del mes siguiente. Las fechas concretas se calculan según el cierre, la formulación y la junta reales de cada sociedad.

01

1. Pre-cierre

Pendientes, conciliaciones y decisiones contables antes de formular.

02

2. Formulación

Estados, memoria, propuesta de resultado y firmas de administradores.

03

3. Junta

Aprobación, aplicación del resultado y certificación de los acuerdos.

04

4. Presentación

Depósito, legalización de libros, justificantes y seguimiento registral.

Qué revisamos

Los defectos registrales suelen tener una causa anterior

La documentación anual debe ser coherente con contabilidad, libros, administradores inscritos y acuerdos de la sociedad.

Además del plazo, revisamos coherencia de cifras, periodos, firmas, certificación, aplicación del resultado y datos registrales. Si existe una incidencia previa, debe resolverse o explicarse antes de presentar.

01

Cifras que no cuadran

Balance, pérdidas y ganancias, memoria y certificados deben partir del mismo cierre aprobado.

02

Firmas o administradores

La documentación debe identificar correctamente quién formula y certifica en cada momento.

03

Resultado sin acuerdo coherente

La aplicación aprobada debe respetar la situación contable y las reglas mercantiles aplicables.

04

Ejercicios anteriores pendientes

Antes de presentar conviene revisar cierres registrales, depósitos previos y defectos no subsanados.

Guías y referencias

Información para entender el proceso antes de delegarlo

Plazos de cuentas anuales

Formulación, aprobación y depósito explicados con un calendario práctico.

Leer la guía

Checklist de cierre contable

Qué conciliar antes de Impuesto sobre Sociedades y cuentas anuales.

Leer la guía

Autónomo o sociedad

Diferencias de estructura y encuadramiento que afectan a la gestión recurrente.

Leer la guía

Fuentes oficiales consultadas

El alcance final se revisa con la normativa y los criterios vigentes en la fecha del trámite. Estas referencias permiten contrastar los puntos principales.

Agenda facil

Revisemos el cierre antes de preparar las cuentas

Indica ejercicio, estado de la contabilidad, fecha prevista de junta y posibles ejercicios pendientes.

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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre cuentas anuales y libros contables

Respuestas directas a las dudas más habituales de autónomos y pymes.

01¿Cuál es el plazo para formular las cuentas anuales?

Los administradores deben formularlas dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio social. Si el ejercicio termina el 31 de diciembre, el límite general cae al final de marzo.

02¿Cuándo se depositan en el Registro Mercantil?

El depósito se presenta dentro del mes siguiente a su aprobación. La fecha exacta depende de cuándo se celebró la junta y aprobó las cuentas.

03¿La formulación y la aprobación son lo mismo?

No. Los administradores formulan las cuentas y la junta las aprueba, en su caso, junto con la aplicación del resultado.

04¿Podéis presentar solo las cuentas anuales si la contabilidad la lleva otra persona?

Podemos valorar un trabajo puntual, pero antes debemos revisar el cierre, la documentación y la coherencia de las cifras. El alcance dependerá del estado de la contabilidad.

05¿También legalizáis libros?

El servicio puede incluir la preparación y legalización de libros contables y societarios cuando se disponga de la información completa y los acuerdos correspondientes.