Darse de alta como autónomo en 2026 exige coordinar dos trámites principales antes de empezar: el alta censal en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036 y el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a través de Importass. Además, la actividad puede necesitar licencias, registros o comunicaciones específicas.
El orden y la fecha importan. El alta no consiste solo en comunicar que vas a trabajar por cuenta propia: define epígrafe, IVA, IRPF, retenciones, actividades, previsión de rendimientos, base de cotización y mutua.
| Paso | Organismo | Decisiones principales |
|---|---|---|
| 1. Definir la actividad | Preparación previa | Qué vendes, clientes, países, local, fecha y previsión económica |
| 2. Alta censal | AEAT | Modelo 036, epígrafe, IVA, IRPF, retenciones y registros |
| 3. Alta como autónomo | TGSS / Importass | Actividad, rendimientos, base, mutua, coberturas e IBAN |
| 4. Permisos sectoriales | Ayuntamiento u organismo competente | Licencia, comunicación, registro o colegiación cuando proceda |
| 5. Primer calendario | Gestión propia o gestoría | Facturas, libros, impuestos y conservación documental |
1. Define la actividad antes de presentar el alta
Describe de forma concreta qué servicios o productos ofrecerás y cómo los venderás. No es lo mismo prestar consultoría a empresas españolas que vender productos por internet, trabajar con plataformas extranjeras, abrir un local o contratar personal.
Antes de cumplimentar formularios conviene responder:
- ¿Cuál será la fecha real de inicio?
- ¿Tendrás una o varias actividades?
- ¿Trabajarás desde casa, en un local o en las instalaciones del cliente?
- ¿Tus clientes serán particulares, empresas, administraciones o clientes extranjeros?
- ¿Comprarás o venderás servicios dentro de la Unión Europea?
- ¿Pagarás alquiler, profesionales o nóminas sujetos a retención?
- ¿Qué rendimientos netos prevés durante el año?
Estas respuestas condicionan el censo fiscal y la cotización. Corregir un alta mal planteada después puede implicar declaraciones complementarias, cambios censales o cuotas fuera de plazo.
2. Alta en Hacienda con el modelo 036
Desde el 3 de febrero de 2025 el modelo 037 está suprimido. Las altas, modificaciones y bajas censales se realizan con el modelo 036, que incorpora servicios de asistencia para personas físicas que inician una actividad.
La Agencia Tributaria exige presentar la declaración de alta antes de iniciar la actividad, realizar operaciones o nacer la obligación de retener. A efectos censales, el inicio puede producirse cuando se hacen compras o pagos destinados al negocio, no únicamente al emitir la primera factura.
Qué se comunica en el modelo 036
- Datos identificativos, domicilio fiscal y lugar de actividad.
- Fecha de inicio y epígrafe o epígrafes del IAE.
- Régimen de IVA, exenciones y periodicidad aplicable.
- Método de determinación del rendimiento en IRPF.
- Obligaciones de retener por alquileres, profesionales o trabajadores.
- Alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios si corresponde.
Darse de alta en el IAE no significa necesariamente pagar el impuesto: muchas personas físicas están exentas de cuota, pero deben comunicar correctamente la actividad.
3. Alta en RETA mediante Importass
El alta en trabajo autónomo debe solicitarse antes del inicio y puede tramitarse con hasta 60 días naturales de antelación. El portal Importass solicita, entre otros datos, la actividad, el código IAE, la fecha, el domicilio, una previsión de rendimientos netos, la base de cotización, la mutua colaboradora y la cuenta bancaria.
La Tesorería utiliza el sistema de cotización por rendimientos netos. La base elegida debe estar dentro del tramo que corresponda a la previsión y puede ajustarse durante el año si cambia la estimación. Después se realiza la regularización con los rendimientos comunicados por la Administración tributaria.
Cuota reducida para nuevas altas
La Ley General de la Seguridad Social prevé una cuota reducida para determinadas altas iniciales o para quien no haya estado de alta durante el periodo exigido. Su cuantía y condiciones deben comprobarse en la información vigente de Importass al tramitar el alta; no conviene copiar una cifra de años anteriores. La prórroga posterior depende, entre otros requisitos, de los rendimientos netos.
Si puedes aplicar una bonificación autonómica adicional, revisa convocatoria, plazo y compatibilidad. No todas se conceden automáticamente con el alta.
4. Documentos y datos necesarios
- DNI o NIE y datos de contacto.
- Número de la Seguridad Social.
- Certificado digital, Cl@ve o autorización de representación.
- Descripción detallada de la actividad y fecha de inicio.
- Domicilio fiscal y dirección del local si existe.
- Previsión de rendimientos netos.
- IBAN para domiciliar la cuota.
- Información de clientes y proveedores internacionales, si los habrá.
- Datos del alquiler, personal o profesionales a los que practicarás retención.
- Licencias, colegiación o autorizaciones sectoriales cuando correspondan.
Nuestra lista específica de documentos para el alta de autónomo online permite preparar la revisión inicial.
5. Cómo darse de alta como autónomo online
- Reúne los datos y fija una fecha realista de inicio.
- Configura el modelo 036 con actividad y obligaciones correctas.
- Presenta el alta censal antes de empezar y conserva el justificante.
- Tramita el alta RETA en Importass con fecha coordinada.
- Verifica ambos justificantes, la mutua, la cuenta y los efectos del alta.
- Activa permisos adicionales si la actividad, el local o el municipio los exige.
- Prepara la facturación y el calendario fiscal desde el primer día.
Si prefieres delegar el proceso, consulta el servicio de alta de autónomo online. Antes de presentar revisamos actividad, epígrafe, IVA, IRPF, RETA y documentación.
6. Alta de autónomo en Barcelona: qué cambia
El alta ante AEAT y Seguridad Social es estatal. Vivir o trabajar en Barcelona no sustituye esos trámites ni crea un RETA distinto. Lo que puede cambiar son las obligaciones relacionadas con el local, la actividad, las autorizaciones municipales y determinados programas de acompañamiento o ayudas.
- Si abres un local, consulta qué licencia o comunicación exige el Ayuntamiento.
- Si ejerces una actividad regulada, comprueba colegiación, registro o autorización sectorial.
- Si trabajas desde un municipio del área de Barcelona, identifica la administración competente del domicilio real de actividad.
- Barcelona Activa ofrece información y recursos para emprendimiento, pero cada ayuda tiene sus propias bases y fechas.
MCR trabaja desde Gavà y puede coordinar el alta online para actividades en Barcelona y el resto de España, separando los trámites estatales de los requisitos locales que deban comprobarse.
7. Qué impuestos presenta un autónomo después del alta
No todas las personas autónomas presentan los mismos modelos. Depende de la actividad, el régimen fiscal y las operaciones. Los más habituales son:
- Modelo 303: autoliquidación de IVA cuando la actividad está sujeta y no exenta.
- Modelo 130: pago fraccionado de IRPF en estimación directa cuando exista obligación.
- Modelos 111 y 190: retenciones de trabajo y profesionales.
- Modelos 115 y 180: retenciones por determinados alquileres.
- Modelo 349: operaciones intracomunitarias declarables.
- Declaración de la Renta: regularización anual del IRPF.
Consulta las guías del modelo 303 para autónomos, el modelo 130 y el calendario fiscal 2026.
8. Errores frecuentes al darse de alta
- Usar todavía el modelo 037: quedó suprimido en febrero de 2025.
- Empezar antes del alta: las dos altas deben coordinarse antes de la actividad.
- Elegir el epígrafe por parecido de nombre: hay que contrastar la actividad real y sus efectos.
- Olvidar operaciones internacionales: pueden cambiar IVA, facturación y registros.
- Copiar una cuota de otro año: bases, tipos, reducciones y condiciones pueden cambiar.
- No guardar justificantes: el alta debe quedar conectada a un archivo fiscal y contable desde el primer día.
- Confundir alta con gestión mensual: tras el trámite comienzan las obligaciones recurrentes.
9. Si vas a contratar a tu primer trabajador
El alta como autónomo no habilita por sí sola todos los trámites como empleador. Antes de incorporar personal pueden ser necesarios la inscripción de empresa, el Código de Cuenta de Cotización, el contrato, la comunicación a empleo y el alta previa del trabajador. Consulta la guía para contratar al primer trabajador siendo autónomo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo darme de alta como autónomo completamente online?
Sí, en la mayoría de casos el modelo 036 y el alta RETA pueden tramitarse telemáticamente con identificación electrónica o mediante representación autorizada. Los permisos sectoriales o del local deben comprobarse aparte.
¿Se usa el modelo 036 o el 037 en 2026?
Se usa el modelo 036. El modelo 037 fue suprimido con efectos desde el 3 de febrero de 2025.
¿Cuándo debo darme de alta?
La declaración censal debe presentarse antes del inicio, de las operaciones o de la obligación de retener. El alta RETA también es previa y puede solicitarse hasta 60 días naturales antes.
¿Cuánto se paga de autónomo en 2026?
La cuota depende de la base dentro del tramo de rendimientos netos previsto y de posibles reducciones. Utiliza el simulador y las tablas vigentes de la Seguridad Social para tu situación; la cuota puede regularizarse después.
¿Es distinto darse de alta como autónomo en Barcelona?
AEAT y RETA siguen el procedimiento estatal. Barcelona o el municipio correspondiente puede añadir requisitos para el local, la actividad, licencias o ayudas.
¿Puedo facturar antes de estar de alta?
No debe planificarse así. La AEAT considera inicio incluso determinadas compras, cobros, pagos o contratación destinados a la actividad. Revisa las fechas antes de operar.
Fuentes oficiales consultadas
Fuentes oficiales de consulta
Contrasta plazos, requisitos y cambios normativos en las fuentes primarias aplicables antes de tomar una decisión.

