Los días de cortesía de la AEAT son periodos en los que la Agencia Tributaria no pone nuevas notificaciones electrónicas a disposición de una persona o entidad incluida en el sistema de notificación electrónica. Pueden solicitarse hasta 30 días naturales por año y resultan especialmente útiles antes de vacaciones o cierres de empresa.
No son unas vacaciones fiscales. No aplazan declaraciones, pagos, domiciliaciones ni otros vencimientos tributarios. Tampoco corrigen una notificación que ya estaba disponible antes de comenzar el periodo elegido.
Quién puede solicitar los días de cortesía
La opción está destinada a obligados tributarios incluidos, de forma obligatoria o voluntaria, en las notificaciones electrónicas de la AEAT. Antes de solicitarla conviene comprobar quién figura como titular, qué certificado o sistema Cl@ve permite acceder y si la representación está vigente.
Una persona que recibe determinadas comunicaciones por correo postal no debe asumir que esta solicitud bloqueará todos los envíos de cualquier Administración. El alcance se limita al sistema y al organismo para el que se configura.
Cuántos días se pueden elegir
Se pueden señalar hasta 30 días naturales por año natural. Pueden ser consecutivos o repartirse en varios periodos. Sábados, domingos y festivos cuentan porque se trata de días naturales.
La AEAT exige solicitar el periodo con una antelación mínima. La sede electrónica indica que la petición debe realizarse al menos siete días naturales antes del primer día elegido. Por eso no conviene dejar la gestión para la víspera de las vacaciones.
Cómo solicitar los días sin notificaciones electrónicas
- Accede al trámite oficial de la sede electrónica de la AEAT con certificado electrónico, DNI electrónico o el sistema de identificación admitido.
- Selecciona en el calendario los días en los que no deben ponerse nuevas notificaciones a disposición.
- Comprueba que el total anual no supera 30 días naturales y que se respeta la antelación.
- Firma y envía la solicitud.
- Descarga el justificante y guarda una copia junto al calendario fiscal de la empresa.
Si actúa una asesoría o representante, hay que comprobar previamente el apoderamiento aplicable al trámite. Puedes consultar el servicio de gestión administrativa y notificaciones si necesitas revisar la representación o el buzón electrónico.
Qué detienen y qué no detienen
| Situación | Efecto de los días de cortesía |
|---|---|
| Nueva notificación electrónica de la AEAT | No se pone a disposición durante los días correctamente señalados. |
| Notificación ya disponible | El plazo continúa; la solicitud posterior no la elimina ni reinicia. |
| Modelo trimestral o anual | El vencimiento no cambia. |
| Pago o domiciliación | La fecha no se aplaza. |
| Comunicación de otro organismo | Debe revisarse su propio sistema de notificaciones. |
Errores que pueden dejar una empresa sin cobertura
- Confundir los días de cortesía con una suspensión general de plazos.
- Solicitarlos con menos de siete días naturales de antelación.
- No guardar el justificante de la solicitud.
- Olvidar que una notificación ya disponible mantiene su cómputo.
- Revisar solo la AEAT y dejar sin control la Seguridad Social, la DEHú u otros buzones.
- No designar a una persona de respaldo para incidencias urgentes.
Checklist antes de cerrar por vacaciones
- Revisar notificaciones pendientes y anotar sus fechas límite.
- Solicitar los días de cortesía dentro de plazo.
- Comprobar presentaciones, pagos y domiciliaciones que vencen durante la ausencia.
- Confirmar certificados, apoderamientos y datos de contacto.
- Asignar una persona responsable para otros buzones administrativos.
- Compartir el calendario con la asesoría fiscal y conservar los justificantes.
Fuentes oficiales y fecha de revisión
Contenido revisado el 3 de agosto de 2026. La configuración concreta debe comprobarse en la sede electrónica antes de solicitarla.
- AEAT — Solicitud de días de cortesía para notificaciones electrónicas
- AEAT — Procedimiento de notificaciones electrónicas
Cómo puede ayudarte MCR
Podemos revisar las notificaciones pendientes, coordinar el calendario de ausencias y comprobar que las obligaciones fiscales sigan cubiertas. Envíanos las fechas previstas antes de cerrar la empresa para preparar la revisión.
Fuentes oficiales de consulta
Contrasta plazos, requisitos y cambios normativos en las fuentes primarias aplicables antes de tomar una decisión.

